VII Congreso Nacional de Derecho de Sociedades

STS 1512/2023 

  16/01/2024 09:51 Sentencia Órgano de administración Prescripción Responsabilidad por deudas


La STS de 31 de octubre de 2023, nº1512/2023, resuelve discrepancias jurisprudenciales del plazo de prescripción de la acción de responsabilidad por deudas del art. 367 LSC.

Para resolver sobre dicho plazo de prescripción el TS se basa en la naturaleza i) del cargo de administrador societario y ii) de las acciones de responsabilidad contra el mismo.

Cuando hablamos de la naturaleza del cargo de administrador, debemos recordar el momento a partir del cual empieza a surtir efecto el ejercicio del cargo, que será el momento en que se produzca su aceptación (art. 214.3 LSC).

Además, la resolución nos recuerda que producida la aceptación, si los administradores conocen de la existencia de una causa legal de disolución en su sociedad, y no instan la disolución o la apertura de concurso, se convertirán en garantes solidarios de las deudas sociales que surjan a partir de ese momento.

La garantía solidaria que caracteriza al administrador en estas situaciones provoca el sometimiento del patrimonio del administrador a las posibles reclamaciones de acreedores de la sociedad.

Centrándonos en qué plazo aplica para el ejercicio de la acción de responsabilidad del art. 367 LSC, nos planteamos si resultará de aplicación la prescripción prevista en el art. 241 bis de la LSC, y nos aclara el TS, que no puede someterse al plazo de prescripción de dicho precepto, por estar reservado a las acciones individual y social (art. 238 y 241 LSC) que nacen con la existencia de un daño patrimonial, no incluyendo a la acción de responsabilidad por deudas sociales, y por la existencia de presupuestos propios para la exigencia de responsabilidad por deudas del 367 LSC.

Además, podemos pensar que, el plazo de prescripción será el que establece el art. 949 del CCom, y una vez más, no puede aplicarse dicho plazo, ya que con la introducción del art. 241 bis en la LSC, el del CCom quedó limitado a las sociedades personalistas. En este mismo sentido, el de no ser aplicable el 994 del CCom a la responsabilidad del art. 367 LSC, debemos tener en cuenta que el CCom, se desvincula para determinar el plazo de prescripción, del momento de producción de la lesión, es decir, del momento en que nace la deuda con un acreedor (esencial en la responsabilidad del art. 367 LSC).

En este punto, el Tribunal Supremo concluye que la prescripción de la responsabilidad por deudas del art. 367 LSC, será la de los garantes solidarios mencionados, basándose en la relación de solidaridad que existe entre administrador y sociedad (al nacer el cargo con la aceptación), y en el carácter legal que otorga el legislador para la responsabilidad solidaria de los administradores por las deudas de la sociedad en el art. 367 LSC.

Por tanto, a la responsabilidad del 367 LSC, le son aplicables los mismos plazos que lo serían en caso de ir contra la sociedad, y que son los del art. 1964 del CC, al tratarse la responsabilidad del art. 367 de la LSC de una obligación personal.


Rocío Peinado Rebolloso

Abogada en Kinship Law Partners


 

VII CONGRESO Dº SOCIEDADES

VII CONGRESO NACIONAL DE DERECHO SOCIEDADES

Categorías

Todas las categorías

Abuso de derecho
Acuerdos sociales
Administrador
Administrador mancomunado
Administrador solidario
Administrador único
Administradores
Administradores sociales
Aplicación informática
Ayudas públicas
Calificación de crédito
Capital social
Cargo caducado
Cese del administrador
CNAE
Comunidad hereditaria
Concurso de acreedores
Conflicto de interés
Consejo de administración
Convocatoria
Convocatoria junta general
Copropiedad de particiones
Cuentas anuales
Denominación social
Derecho de información
Derecho de representación
Derecho de separación
Derecho de suscripción preferente
Derechos del socio
Desembolsos pendientes
Disolución
Domicilio social
Escritura de constitución
Estatutos
Estatutos sociales
Fusión
Grupo de sociedades
Herencia
Impugnación
Informe auditor
Junta general
Junta notarial
Junta universal
Medios electrónicos
Medios telemáticos
Modificación estatutaria
Normativa
Objeto social
Orden del día
Poder de representación
Propuesta de convenio
Recursos propios
Reducción de capital social
Reducción y ampliación de capital social
Reparto de dividendos
Resolución
Responsabilidad solidaria
Retribución administradores
Retribución socio
Sentencia
Sistema de representación
Sociedad deportiva
Sociedad unipersonal
Sociedades profesionales
Socio minoritario
Sucursal
Transmisión mortis causa
Usufructo
Nombramiento de administrador
Órgano de administración
Derecho de asistencia
Derecho de voto
Desembolso
Aportación dineraria
Aportaciones sociales
Gestión social
Pactos parasociales
Empresa familiar
Aumento de capital
Reembolso
consejero persona jurídica
Activos esenciales
Derecho de exclusión
Valor razonable
Acta notarial
Acto de presencia
Prescripción
Responsabilidad por deudas





Organizadores y Colaboradores